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A través de la decisión de la Jefatura de Gabinete fueron habilitadas oficialmente estas actividades en la Ciudad de Buenos Aires. Deberán funcionar de acuerdo con los protocolos aprobados por la autoridad sanitaria nacional.

El Gobierno exceptuó hoy del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a la industria de producción de cine publicitario y al funcionamiento de playas de estacionamiento y garajes comerciales en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, donde además fueron habilitados los eventos con público ubicado en el interior de sus autos.

Las excepciones sobre Decreto N° 677/20 fueron formalizadas hoy en una ampliación del Boletín Oficial que lleva la firma del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García.

A través de la decisión administrativa 1548/2020 de la Jefatura de Gabinete, que entra en vigencia con su publicación, fueron habilitadas oficialmente estas actividades, que deberán funcionar de acuerdo con los protocolos aprobados por la autoridad sanitaria nacional.

“En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19”, señaló el texto oficial.

Los empleadores deberán garantizar las “condiciones de higiene, seguridad y traslado para preservar la salud de sus trabajadores” y que éstos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros, habilitado exclusivamente para los empleados esenciales.

Reglamentaciones

La Ciudad de Buenos Aires deberá dictar las reglamentaciones necesarias para que dichas actividades puedan ser “implementadas gradualmente, suspendidas o reanudadas” por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, en el marco de su competencia y en virtud de las recomendaciones que formulara el ministro de Salud porteño conforme a la situación epidemiológica y sanitaria

Rodríguez Larreta podrá, incluso, “determinar uno o más días para el desarrollo de dichas actividades y servicios y limitar su duración con el fin de proteger la salud pública” y deberá, en tanto, comunicar sus decisiones a la Jefatura de Gabinete de Ministros que encabeza Santiago Cafiero.

Los trabajadores que desempeñen sus tareas laborales en los establecimientos autorizados a desarrollar sus actividades por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación, según lo establecido por el alcance de los decretos vigentes durante la pandemia de coronavirus.


FUENTE: TELAM

















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